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Licencia de Vado

Descripción
Licencia de Vados
Finalidad
Se entiende por vado la modificación de la estructura de la acera y del bordillo en la vía pública con el fin de facilitar los accesos de entrada y salida de vehículos a los inmuebles o propiedad particulares a través de aquélla. La Licencia de vado se solicitará no sólo para las actuaciones definidas en el artículo anterior, sino también para la entrada de vehículos desde la vía pública a locales o lonjas destinadas a la guardería de vehículos, con independencia de que existan aceras , modificaciones de rasantes o bordillos. La licencia para vado se otorgará por periodo anual y renovación tácita por periodos iguales, ajustada a la naturaleza del dominio, a los actos de su afectación y apertura al uso público, a los preceptos de carácter general, normas contenidas en el Plan de Ordenación Urbana y en la presente Ordenanza, y ha de entenderse concedida a precario, revocable por razones de interés público, sin derecho a indemnización, dejando a salvo el derecho a la propiedad y sin perjuicios a terceros. La licencia no crea derecho subjetivo a la persona titular, por tanto, deberá suprimir, a su costa, el vado y reponer la acera y el bordillo a su estado originario, cuando sea requerido por el Ayuntamiento. La licencia de vado es transmisible, pero transmisor y transmitente deberán poner en conocimiento del Ayuntamiento esta circunstancia.
Quien lo puede Presentar
1. Disponer de la licencia municipal correspondiente (licencia de primera ocupación, licencia de primera utilización, comunicación de inicio de actividad, etc.)
2. Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, cuando de trate de los supuestos contemplados en los puntos 3 y 5 del aparato anterior.
3. Estar al corriente en el pago de los tributos y sanciones municipales.
4. Que la lonja o local tenga una superficie mínima de 100 m cuadrados, que se disponga de una superficie libre de 25 m cuadrados por vehículo, incluida zona de accesos interiores y que al menos se pueda albergar simultáneamente cuatro turismos o furgonetas o dos camiones o un camión y dos turismos.
5. Proyecto redactado técnico titulado con competencias para ello, según lo establecido en las disposiciones legales de aplicación. En el que se hará constar: – Cumplimiento de las condiciones de uso de garaje/aparcamiento previstas en el Plan de general Ordenación Urbana de Burgos vigente. – Extintores de eficacia mínima 21A-113B conforme al documento Básico de Seguridad contra incendios del Código Técnico de la Edificación. – Planos de planta, alzado y sección transversal del local, a escala 1:50 o 1:100, perfectamente acotados, y de situación con dimensiones del local y de accesos. – Presupuesto.
Plazos de Presentación
Continuo
Presentación
En la Sede Electrónica y en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos
Organo Gestor
Servicio Municipalizado de Movilidad y Transportes
Plazo de resolución
3 meses
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos
  • Recurso de Reposición
  • Recurso Contencioso - Administrativo
Normativa básica
ordenanza de movilidad sostenible del municipio de Burgos;
Pago de tasas
Sí
Documentación relacionada
vado-horario-2021

vado-permanente-2021

vado-unifamiliar-horario-2021

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Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación requerida
Solicitud
Licencia municipal correspondiente por ejemplo la Licencia de primera ocupación, licencia de primera utilización, comunicación de inicio de actividad, etc
Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas
Justificante de pago de los tributos y sanciones municipales
Que la lonja o local tenga una superficie mínima de 100 m cuadrados, que se disponga de una superficie libre de 25 m cuadrados por vehículo, incluida zona de accesos interiores y que al menos se pueda albergar simultáneamente cuatro turismos o furgon
Que la lonja o local tenga una superficie mínima de 100 m cuadrados, que se disponga de una superficie libre de 25 m cuadrados por vehículo, incluida zona de accesos interiores y que al menos se pueda albergar simultáneamente cuatro turismos o furgonetaso dos camiones o un camión y dos turismos
Proyecto redactado técnico titulado con competencias para ello, según lo establecido en las disposiciones legales de aplicación. En el que se hará constar: – Cumplimiento de las condiciones de uso de garaje/aparcamiento previstas en el Plan de genera
Proyecto redactado técnico titulado con competencias para ello, según lo establecido en las disposiciones legales de aplicación. En el que se hará constar: – Cumplimiento de las condiciones de uso de garaje/aparcamiento previstas en el Plan de general Ordenación Urbana de Burgos vigente. – Extintores de eficacia mínima 21A-113B conforme al documento Básico de Seguridad contra incendios del Código Técnico de la Edificación. – Planos de planta, alzado y sección transversal del local, a escala 1:50 o 1:100, perfectamente acotados, y de situación con dimensiones del local y de accesos. – Presupuesto.
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